• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: ANA JESUS ZULUETA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 536/2025
  • Fecha: 03/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Hay pruebas suficientes para entender acreditado el delito. El condenado ha admitido que conocía la vigencia de la medida. Declaración de la denunciante y de otra testigo. Versión exculpatoria no corroborada. La denuncia tardía es una circunstancia que no puede tenerse en cuenta para dudar de la verosimilitud del testimonio de la víctima. Dolo de incumplir. Penalidad: se justifica porque el denunciado acudió al domicilio de la denunciante y además lo hizo en horas nocturnas, lo que podía favorecer su impunidad y causar un mayor desasosiego en la denunciante.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE MARIA GOMEZ UDIAS
  • Nº Recurso: 393/2024
  • Fecha: 03/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal recuerda que la jurisprudencia viene considerando que un mero zarandeo ya es susceptible de subsunción penal en el tipo penal del maltrato de obra previsto en el art. 153.1 del Código Penal. También hace una referencia a la motivación e individualización de la pena y considera que la sentencia de instancia ha impuesto una pena superior a la prevista por la ley.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA LUISA PAMPIN PAMPIN
  • Nº Recurso: 933/2025
  • Fecha: 01/08/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El Tribunal recuerda que para poder adoptar las medidas cautelares de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima, en el contexto de una orden de protección, es necesario que concurran indicios racionales de la comisión de un delito contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de alguna de las personas mencionadas en el artículo 173.2 del Código Penal y resulte una situación objetiva de riesgo para la víctima El Tribunal aprecia la existencia de una situación objetiva de riesgo para la denunciante derivada de la entidad de la agresión física sufrida, la gravedad de las agresiones sexuales por ella atribuida al investigado, la insistencia del investigado en contactar con la denunciante con posterioridad a los hechos que hace prever la reiteración de episodios de esta naturaleza por parte del investigado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARGARITA BARROS SANSINFORIANO
  • Nº Recurso: 603/2025
  • Fecha: 31/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Invocación de nulidad por la comparecencia del denunciado en juicio sin asistencia letrada. Las partes estaban convenientemente citadas a la celebración del juicio, tratándose ya del segundo señalamiento, al primer juicio el acusado había sido convenientemente citado, con todos los apercibimientos legales, entre ellos de que debería comparecer a juicio con todos los medios de prueba de que intentase valerse y que podía acudir asistido de Letrado, aunque ello no era obligatorio. No existe irregularidad procesal. Atenuante de arrebato u obcecación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE IGNACIO VICENTE PELEGRINI
  • Nº Recurso: 64/2024
  • Fecha: 28/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor responsable de un delito intentado de asesinato con alevosía y como autor de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Acusado que, a pesar de tener vigente una orden judicial que le prohíbe acercarse a su ex pareja, a su domicilio y lugar de trabajo, convive en el mismo domicilio que la persona protegida y llega a golpearla en la cabeza con un martillo, para posteriormente agarrarla del cuello con propósito de asfixiarla, lo que sin embargo no consiguió. Delito de asesinato intentado. Acción homicida desplegada con el propósito de acabar con la vida de su pareja sentimental. Ataque alevoso en la modalidad de ataque imprevisible, sorpresivo y repentino. Delito de quebrantamiento de medida cautelar. Vulneración de una orden de protección que prohíbe la aproximación al domicilio de la persona protegida y que se comete cuando el obligado se mantiene en su interior con o sin anuencia o consentimiento de la persona protegida. El parentesco como circunstancia de agravación. Atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica. Acusado diagnosticado de trastorno esquizofrénico con ideación delirante, así como una discapacidad intelectual con un coeficiente de inteligencia límite y trastorno por consumo de sustancias no especificado. Agravante de haber actuado por motivaciones de género, que no se aprecia por defecto en la formulación acusatoria.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: ALVARO CASTAÑO PENALVA
  • Nº Recurso: 59/2025
  • Fecha: 25/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Valoración de la prueba sometida al principio de inmediación por el Tribunal de Instancia. Las posibilidades de revisión en el recurso de apelación son limitadas cuando nos encontramos ante una sentencia suficientemente fundada y razonada. Determinación de la pena a imponer cuando nos encontramos ante delitos con penas alternativas donde debe de estar fundada la imposición de la más grave de las previstas. Discrecionalidad del Tribunal a la hora de aplicar la rebaja de la pena en uno o dos grados cuando no concurre ninguna circunstancia agravante y sólo un atenuante como muy cualificada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: LUIS RUFILANCHAS SOLARES
  • Nº Recurso: 481/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El Tribunal dice que La afectación a derechos fundamentales de la persona a la que se imponen (como son los derechos a la libertad ambulatoria, y a la presunción de inocencia, en sus dos vertientes tradicionales -regla de juicio y de tratamiento-), requiere que cualquier decisión que se adopte por parte del Juez, además de cumplir el deber general de motivación (expresivo de las razones jurídicas que le han movido a adoptar la decisión), pondere específicamente la adecuación de la medida desde la contemplación de los riesgos que con ella se quieren conjurar, lo que exige un análisis específico del fumus boni iuris de que el riesgo puede ser conjurado (teniendo en cuenta la proporcionalidad) mediante el alejamiento de la persona a quien se imputan indiciariamente unos hechos graves, de la o las personas sobre las que se temen ataques a su vida, a su integridad física, a su libertad y al resto de los bienes jurídicos expuestos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el Art. 57 del Código Penal .
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA ALMUDENA CONGIL DIEZ
  • Nº Recurso: 502/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se recurre en apelación el auto que revocó la suspensión de la pena impuesta a un penado condenado por un delito de violencia de género, alegando que los delitos cometidos durante el plazo de suspensión (violencia doméstica y quebrantamiento de condena) ocurrieron en una única fecha y que no ha reincidido posteriormente, además de que el programa formativo sobre igualdad de género le ha servido para concienciarse, solicitando la prórroga del plazo de suspensión o la sustitución de la regla de conducta. El Juez a quo había acordado la revocación de la suspensión tras constatar que el penado fue expulsado del programa formativo por ausencias reiteradas y que cometió dos nuevos delitos, uno de lesiones en el ámbito de violencia de género y otro de quebrantamiento de condena, imponiéndosele nuevas penas de prisión cuya ejecución también fue suspendida. La Sala considera que la comisión de estos nuevos delitos durante el período de suspensión encaja en el art. 86.1.a) del Código Penal que establece la revocación de la suspensión cuando el penado comete un delito que demuestra que la expectativa en la que se fundaba la suspensión ya no puede mantenerse. Además, se valora el importante historial delictivo del penado, que incluye múltiples infracciones, principalmente en materia de seguridad vial, lo que refuerza la gravedad del incumplimiento. Por tanto, se desestima íntegramente el recurso de apelación .
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: ALMUDENA DE LA ROSA MARQUEÑO
  • Nº Recurso: 641/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El Tribunal dice que el art. 544 bis permite resolver de oficio sin oír a las partes, si bien, estando asistida en la causa la denunciante con su letrada, la opción de dar traslado previo para formular alegaciones no puede reconducirse únicamente al Ministerio Fiscal sino que ha de hacerse extensivo a la acusación particular, pues la letrada actúa de forma específica para la defensa de los intereses de la denunciante, ejercitando, si así lo considera procedente, la acción penal e instando la adopción de medidas cautelares aun cuando sus pretensiones resulten contrarias a lo que pudiera interesar el Ministerio Fiscal; debiendo de ser valoradas tanto las alegaciones formuladas por el Ministerio Fiscal como por la acusación particular a la hora de resolver sobre la medida cautelar solicitada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUAN DEL OLMO GALVEZ
  • Nº Recurso: 751/2025
  • Fecha: 24/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Medida cautelar de prisión provisional. Fines constitucionales que la amparan. Lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena, o fines de impulso de la instrucción sumarial, propiciando la obtención de pruebas consistentes en la declaración de los imputados u otras. Quebrantamiento de medida cautelar. Aunque hubiera existido consentimiento de la mujer para el acercamiento, el mismo, como comportamiento delictivo típico, ni se debilita, ni desaparece, ni se excluye.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.